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Area de Libre Comercio de las Américas: Una nueva ofensiva empresarial

Incluido en el sitio web de la UITA el 07-Mar-2001

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En 1998, los esfuerzos para introducir un Acuerdo Multilateral sobre Inversiones (AMI) en la OCDE fracasó cuando el texto del hasta entonces documento secreto fue puesto a disposición en Internet. Enfrentados al rechazo público a este extenso documento de derechos globales de los inversores, varios gobiernos clave retiraron su apoyo a este proyecto. Sin embargo, el apetito empresarial no tiene límites y el AMI ha resurgido en las disposiciones de inversión propuestas del Area de Libre Comercio de las Américas (ALCA).

Antes de que el gas lacrimógeno tuviera tiempo de desaparecer en la ciudad de Quebec, donde la “Cumbre de las Américas” de abril decidió encaminarse hacia una “zona de libre comercio” hemisférica para el 2005, el informe del “Grupo de Negociación sobre Inversiones” – una organismo controlado por las empresas que opera en estricto secreto – fue divulgado por una ONG. Las pautas siguen con precisión las garantías de inversión establecidas en el notorio Capítulo 11 del Acuerdo de Libre Comercio Norteamericano (NAFTA), la inspiración detrás del AMI.

El Capítulo 11 del NAFTA – la madre de todos los documentos de inversión - expresa de manera concentrada la ofensiva del capital global para liberarse de todas las restricciones en materia de términos y condiciones de las inversiones más allá de fronteras. El Capítulo 11 establece una serie de “derechos” y protecciones del inversor que culminan en el derecho de las empresas a desafiar directamente leyes, reglamentaciones y prácticas de un país signatario si estas menoscaban la capacidad del inversor para extraer las máximas ganancias. Según el Capítulo 11, es ilegal imponer requisitos sobre contenido local, transferencia de tecnología o repatriación de ganancias, a las inversiones. Las empresas que exijan compensación por la posible perdida futura de utilidades pueden iniciar pleitos judiciales del inversor contra el estado (en estos casos la empresa es considerada la víctima de un acto "equivalente a la expropiación"). Los pleitos son atendidos en tribunales cerrados a cargo de “expertos” en arbitraje. Es innecesario decir que el tratado no prevé derecho recíproco alguno de los gobiernos para tomar medidas contra las empresas por actuales o futuros perjuicios sociales, económicos o ambientales.

Las consecuencias del Capítulo 11 quedaron en evidencia cuando el año pasado un tribunal del NAFTA ordeno al gobierno de México pagar US$ 16,7 millones a la compañía basurera estadounidense Metalclad. La empresa argumentó que la negativa del gobierno estatal de San Luis Potosí para autorizar la reapertura de un descargadero de basura que operaba era un acto "equivalente a expropiación". El lugar había sido cerrado cuando el movimiento local de ciudadanos presentó evidencias de que la planta significaba una amenaza al abastecimiento local de agua.

Pleitos similares han hecho que los gobiernos capitulen voluntariamente aun antes que los casos lleguen al tribunal. La Ethyl Corporation de los Estados Unidos obligó al gobierno de Canadá a revertir su prohibición sobre la toxina neurológica MMT, un aditivo para la gasolina manufacturado por la empresa. En el mayor pleito del Capítulo 11 hasta la fecha, la empresa canadiense Methanex está litigando contra el gobierno de los EE.UU. por US$ 970 millones debido a que una reglamentación del estado de California prohibió por ser tóxico el uso de un aditivo para combustible fabricado por Methanex.

De acuerdo con las disposiciones de inversión del NAFTA, los “derechos” de los inversores se extienden igualmente al (anteriormente) sector público. United Parcel Service, esta litigando contra el gobierno de Canadá por US$ 160 millones por... favorecer a su servicio postal público. Según el ALCA, no es inconcebible que una empresa de "servicios de educación" pueda un día tomar acción contra los gobiernos que "favorecen" la educación pÚblica.
FTAA, que incluye a todos los países del Caribe, América Central y del Sur con la excepción de Cuba, extenderá el trabajo destructivo del NAFTA a todo un hemisferio con una población de 800 millones. El acuerdo encierra a los países signatarios en un régimen de inversión que no tiene precedentes en su escala y alcance. Las propuestas de servicios eliminan todas las restricciones para someter al sector publico a la adquisición empresarial. Las normas propuestas sobre derechos de propiedad intelectual reforzarán el monopolio de la patente empresarial y estimularán el patentado de biotipos.

El ALCA traerá consigo más pobreza, más desempleo, más degradación ambiental, más OGMs y la acelerada destrucción de los servicios públicos. Reforzará el poder empresarial a expensas de la democracia. Y circunscribirá radicalmente nuestro espacio para actuar en defensa de nuestras normas de vida, nuestras condiciones laborales, nuestro medio ambiente y nuestros derechos como trabajadores y ciudadanos despojando a los gobiernos de su capacidad de tomar medidas regulatorias de interés público.

Ningún “acuerdo lateral” y ninguna "cláusula social" podría disminuir con efectividad el impacto de un documento tan extenso de derechos empresariales. El ALCA plantea una amenaza directa al movimiento laboral internacional y los trabajadores deben movilizarse a escala global para asegurar su derrota.